Los motociclistas en Colombia podrían estar cometiendo una infracción sin saberlo por un accesorio que, aunque pequeño, es obligatorio por ley. No portar espejos retrovisores adecuados o conducir sin chaleco reflectivo en horarios definidos puede terminar en sanciones de hasta $711.750 en 2025, más la posible inmovilización del vehículo.
¿Qué exige la ley sobre los espejos retrovisores?
Según la Ley 769 de 2002 y la Norma Técnica Colombiana NTC 5375, las motocicletas deben contar con espejos retrovisores funcionales. La cantidad depende de la velocidad máxima que puede alcanzar el vehículo:
- Motos que superan los 100 km/h: deben tener dos espejos retrovisores, uno a cada lado del manubrio.
- Motos que no superan los 100 km/h: deben portar al menos el espejo izquierdo, el derecho es opcional.
La Secretaría de Movilidad advierte que los espejos deben estar en buen estado, bien fijados, y ofrecer una visión clara hacia atrás. Usar espejos decorativos pequeños, distorsionados o no funcionales puede poner en riesgo al conductor y derivar en una multa por infracción tipo C, según el Código Nacional de Tránsito.
Esta es la multa por llevar espejos no reglamentarios en la moto
Los motociclistas que incumplan con la norma podrán recibir una sanción de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que en 2025 equivale a $711.750. Además del golpe al bolsillo, la infracción puede conllevar la inmovilización del vehículo, sobre todo si se considera que representa un riesgo para la seguridad vial.
Entre las alteraciones más comunes sancionables se encuentran:
- Cambiar los espejos por versiones “estéticas” que no cumplan su función.
- Instalar espejos tipo “racer” o alerón que distorsionan la imagen.
- Circular con espejos rotos, flojos o mal ubicados.
No usar chaleco reflectivo también puede costarle más de $700 mil
Otra infracción que muchos cometen sin saberlo es no portar chaleco o chaqueta reflectiva en horarios y condiciones exigidas. Según el Código Nacional de Tránsito, esta obligación aplica:
- Desde las 6:00 p. m. hasta las 6:00 a. m.
- En situaciones de baja visibilidad, como lluvia, neblina o zonas oscuras.
Tanto conductores como pasajeros deben cumplir con esta medida. No hacerlo constituye una infracción tipo C24, que también acarrea una sanción de $711.750 en 2025. Esta normativa está sustentada en la Resolución 20223040045295 del Ministerio de Transporte.
¿Qué consecuencias adicionales puede haber por estas infracciones?
Más allá de la multa, el no cumplir con estas disposiciones podría implicar:
- Inmovilización de la motocicleta por incumplir requisitos técnicos.
- Mayor exposición a accidentes viales por reducción en visibilidad o falta de visión periférica.
- Dificultades para impugnar la sanción si no se respetan los tiempos y condiciones legales.
La recomendación de las autoridades es clara: revise que su motocicleta cumpla con lo exigido en la normativa vigente, mantenga los accesorios en perfecto estado y evite modificaciones que comprometan su funcionalidad.