Buenas noticias para los beneficiarios del fondo público de pensiones en Colombia: durante el segundo semestre del año, miles de afiliados recibirán un pago adicional correspondiente a la mesada 13, un beneficio contemplado en la normativa vigente del sistema de retiro laboral.
¿Quiénes recibirán la mesada extra?
El pago aplica para todos los pensionados del Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones, sin importar si la pensión es por vejez, invalidez o sobrevivencia.
Este beneficio se mantendrá vigente hasta que entre en operación el nuevo esquema definido por la reforma pensional, que aún está en fase de implementación.
Monto y forma de pago
La mesada 13 equivale al valor habitual que recibe mensualmente el pensionado.
Por ejemplo, si el beneficiario obtiene $2 millones como mesada ordinaria, ese mismo monto será el que se transfiera en el pago extra.
El giro se realizará directamente a la cuenta bancaria registrada en Colpensiones, por lo que es fundamental que los jubilados notifiquen cualquier cambio de cuenta para evitar retrasos.
Otros casos con mesada adicional
Aunque la mayoría de pensionados recibe una sola mesada extra en el año, existen grupos que acceden a la mesada 14, como algunos docentes, miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. En estos casos, el pago adicional suele efectuarse a mitad de año.
¿Por qué se entrega la mesada 13?
La mesada de diciembre funciona como una especie de prima pensional, destinada a aliviar los gastos de fin de año de los jubilados.
Este beneficio se ha mantenido como parte de la estructura de pagos del sistema público, reconociendo la importancia de garantizar un ingreso adicional en una época en la que aumentan los compromisos económicos.
Colpensiones advierte: pensionados por invalidez podrían perder su mesada
La entidad pública de pensiones en Colombia emitió un llamado urgente a un grupo específico de jubilados: quienes reciben pensión por invalidez. El mensaje es claro: si no realizan un trámite obligatorio dentro del plazo establecido, corren el riesgo de que su mesada pensional sea suspendida.
¿Quiénes deben cumplir con el trámite?
Colpensiones precisó que la advertencia no aplica para todos los pensionados, sino exclusivamente para aquellos que reciben mesada por invalidez.
Estos beneficiarios deben someterse a una revisión periódica cada tres años, cuyo objetivo es verificar si su calificación de pérdida de capacidad laboral ha cambiado.
Si los resultados muestran variaciones significativas, la entidad podrá revaluar el pago de la pensión.
Plazos y formas de hacer la actualización
Cuando Colpensiones contacte a un pensionado para notificar la obligación, este tendrá tres meses para completar el proceso.
El trámite se puede realizar de dos formas:
- Presencialmente en los puntos de atención autorizados.
- En línea, a través de la sede electrónica de Colpensiones.
Es importante resaltar que este procedimiento busca garantizar que los pagos se realicen a quienes cumplen con los requisitos vigentes y evitar fraudes en el sistema.
Panorama de las pensiones en Colombia
Datos de la Superintendencia Financiera muestran que, a mayo, el país registraba 2.169.104 pensionados, de los cuales:
- 1.796.700 pertenecen a Colpensiones (Régimen de Prima Media).
- 372.404 están en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS).
En cuanto al tipo de pensión:
- 70,4 % son por vejez (1.528.057 personas).
- 22,6 % por sobrevivencia (489.728 personas).
- 7 % por invalidez (151.319 personas).
La distribución por género muestra que 53,8 % son mujeres y 46,2 % hombres.
Un recordatorio clave para los beneficiarios
Colpensiones insiste en que este trámite de revisión es un requisito legal y que no realizarlo puede derivar en la suspensión temporal del pago. Por ello, los pensionados por invalidez deben estar atentos a cualquier notificación y actuar dentro de los plazos señalados para evitar contratiempos financieros.