La prima de junio en Colombia NO se les paga a todos: esto es lo que marca la diferencia

Si no recibes prima de mitad de año, tu contrato podría ser la razón y aquí te lo explicamos

trabajadores que no recibirán prima de junio colombia 2025

Acá puedes saber quiénes no recibirán la prima de junio en Colombia

Estamos en un mes que en Colombia no solo marca el inicio de las vacaciones escolares o el cierre del primer semestre del año. Para millones de trabajadores, también significa la llegada de la prima de junio, una bonificación equivalente a medio salario mensual que representa un respiro financiero y una oportunidad para ponerse al día o darse un gusto. Sin embargo, lo que muchos no saben es que no todos los trabajadores tienen derecho a recibir este ingreso.

Aunque la prima de servicios es una prestación social obligatoria para muchos, existen formas de contratación que, por su naturaleza legal, no contemplan el pago de esta bonificación. Y esto no es menor: si estás iniciando tu vida laboral o firmaste recientemente un contrato, es clave que conozcas cuál es tu situación y qué impacto tiene en tu bolsillo.

¿Qué es la prima de junio en Colombia?

La prima de servicios es una prestación social establecida por ley que equivale a un salario mensual por cada año trabajado. Este valor se divide en dos pagos: uno a mitad de año (en junio) y otro en diciembre. La intención es que el trabajador reciba un ingreso adicional en esas fechas clave, como reconocimiento a su labor durante el semestre.

Para calcularla, se toma el salario base del trabajador, se multiplica por los días trabajados en el semestre, y el resultado se divide entre 360. Es decir, quienes han trabajado medio año o menos, reciben la prima proporcional. Pero no todos los trabajadores están cubiertos por este beneficio. El derecho a la prima depende del tipo de contrato que se haya firmado con la empresa o entidad contratante.

Contrato a término fijo: sí hay prima

Este contrato tiene una duración determinada, que no puede ser mayor a tres años. Puede renovarse indefinidamente y es uno de los más utilizados en el mercado laboral colombiano. Los trabajadores bajo esta modalidad sí reciben prima de servicios, sin importar si el contrato es por menos de un año o si ha sido renovado varias veces.

Contrato a término indefinido: sí hay prima

En este tipo de contrato no se establece una fecha de finalización, lo que permite una vinculación estable entre empleado y empleador. Al igual que el contrato a término fijo, contempla todas las prestaciones sociales, incluida la prima de servicios, además de beneficios como indemnización en caso de despido sin justa causa.

Contrato por obra o labor: sí hay prima

Este contrato se firma para realizar una tarea específica, como la construcción de una obra o el desarrollo de un proyecto puntual. Termina cuando dicha labor concluye. Aunque tiene una duración incierta, los trabajadores contratados bajo esta modalidad también tienen derecho a recibir prima, proporcional al tiempo trabajado.

Contrato temporal o accidental: sí hay prima

Diseñado para situaciones específicas y tareas puntuales, este contrato no puede extenderse más allá de 30 días. Aun así, incluye beneficios como cesantías, vacaciones, salud, pensión y, por supuesto, prima de servicios. Suele usarse en casos de reemplazos breves o actividades ajenas a la labor habitual de una empresa.

Contrato por prestación de servicios: no hay prima

Este es uno de los contratos más comunes entre freelancers, consultores y quienes trabajan por proyectos. En este caso, no existe una relación laboral como tal, sino un acuerdo entre partes para entregar un resultado o ejecutar una tarea. Como no hay subordinación ni vínculo laboral formal, la empresa contratante no está obligada a pagar prestaciones sociales. Por eso, si trabajas bajo este modelo, no tienes derecho a prima, vacaciones ni licencias. Aun así, debes asumir el pago de salud y pensión como independiente.

Contrato de aprendizaje: no hay prima

Firmado entre estudiantes en práctica, empresas e instituciones educativas, este contrato se enfoca en la formación laboral del aprendiz. Aunque sí contempla una remuneración mensual, esta no es considerada salario y no incluye prestaciones sociales como la prima. Es común en programas técnicos, tecnológicos y profesionales.

Salario integral: no hay prima adicional

Aplica para empleados con salarios superiores a 13 salarios mínimos mensuales (más de $16.900.000 en 2024). En estos casos, la prima ya está incluida en el valor mensual que recibe el trabajador, por lo que no hay un pago adicional en junio. Esto puede generar confusión, pero en realidad, la prima sí se paga, solo que de forma anticipada y distribuida en los pagos mensuales.

Estos son los trabajadores que NO reciben prima de junio en Colombia

Si te estás preguntando si este mes recibirás la prima, revisa bien tu tipo de contrato. Los trabajadores que no reciben prima de servicios en junio en Colombia son:

Conocer los detalles de tu contrato no solo te ayuda a anticipar ingresos o hacer presupuestos más realistas, también te da herramientas para exigir lo que te corresponde. En un entorno laboral donde abundan los modelos de contratación flexible, entender lo que “marca la diferencia” entre recibir o no prima en junio puede cambiar tus decisiones financieras y profesionales.