Las cuentas que NO se pueden embargar en Colombia, según la normativa vigente

Conoce el tipo de cuentas protegidas de embargos en territorio colombiano

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Conoce las cuentas protegidas de embargos en Colombia

En Colombia, la legislación protege ciertos tipos de cuentas de ahorro ante embargos, garantizando que los ciudadanos puedan disponer de sus recursos para necesidades básicas. De acuerdo con la Superintendencia Financiera, estas cuentas tienen un beneficio de inembargabilidad hasta un monto específico, lo que impide que sean congeladas o utilizadas para saldar deudas dentro de ciertos límites.

La Circular 061 de 2024 establece que el límite de inembargabilidad de las cuentas de ahorro es de $52.385.727. Este valor, vigente desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, define que cualquier saldo por debajo de esta cifra no puede ser embargado. Es importante entender que este monto aplica al saldo disponible en la cuenta y no a los movimientos financieros que se hayan realizado en el transcurso del mes o del año.

Condiciones de inembargabilidad en cuentas de ahorro en Colombia

Cuando una persona enfrenta un proceso de embargo, las entidades bancarias están obligadas a revisar el saldo de la cuenta. Si el monto disponible es inferior al límite establecido, el dinero no podrá ser retenido. Sin embargo, si la cuenta posee un saldo superior a los $52.385.727, solo el excedente podrá ser sujeto de embargo.

Cabe destacar que el beneficio de inembargabilidad se ajusta anualmente con base en el índice promedio anual de precios de los empleados, asegurando que las cifras sean acordes con la inflación y el costo de vida en el país. Además, en caso de que el monto de la cuenta esté dentro del rango protegido, la Superintendencia Financiera debe notificar al juez encargado del embargo para que tome una decisión sobre el procedimiento.

Excepciones a la inembargabilidad de cuentas de ahorro

Si bien la legislación colombiana ofrece protección a las cuentas de ahorro, existen excepciones en las que estas pueden ser embargadas. Una de las principales causas es el incumplimiento de obligaciones alimentarias, como el pago de pensiones para hijos o cónyuges. En estos casos, las demandas pueden superar el límite de inembargabilidad y afectar los fondos depositados en la cuenta.

Otra excepción se da en el caso de deudas con entidades gubernamentales, como la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), autoridades de tránsito y secretarías de hacienda. Estas entidades pueden realizar embargos sin importar el monto en la cuenta, lo que representa una situación distinta a los embargos por deudas privadas. Además, cuando la cuenta pertenece a una persona jurídica, esta no goza de la protección de inembargabilidad y puede ser embargada desde cualquier monto.

Inembargabilidad en caso de tener varias cuentas de ahorro

En situaciones en las que una persona posee varias cuentas de ahorro en distintas entidades financieras, la protección de inembargabilidad no se aplica a cada cuenta por separado. En su lugar, se suman los saldos de todas las cuentas para determinar si el total excede el límite inembargable.

Por ejemplo, si una persona tiene tres cuentas de ahorro con saldos de $20 millones, $15 millones y $25 millones, el total sería de $60 millones. Y como esta cifra supera el límite de inembargabilidad, el excedente de $7.614.273 podría ser retenido para cumplir con una obligación judicial. Este cálculo es esencial para determinar qué parte del dinero está protegida y cuánta podría ser embargada en caso de una orden judicial.

En definitiva, conocer las condiciones y límites de inembargabilidad en cuentas de ahorro permite a los ciudadanos colombianos proteger su patrimonio y gestionar de manera eficiente sus finanzas ante posibles embargos.