En medio del calendario tributario en Colombia, algunos contribuyentes detectan un saldo a favor en sus declaraciones de renta. Sin embargo, este beneficio no es indefinido: tiene un plazo legal para ser reclamado ante la DIAN y, de no hacerlo a tiempo, puede perderse el derecho a su devolución o compensación.
¿Qué es un saldo a favor en la Dian?
El saldo a favor surge de la liquidación del impuesto y corresponde al valor que queda en beneficio del contribuyente. Generalmente, se genera por un exceso en la retención en la fuente, por anticipos de pago o por el arrastre de saldos de periodos anteriores.
Este monto debe tramitarse mediante solicitud de devolución o compensación, dentro de los plazos fijados en la normativa. En los casos de pago en exceso o indebido, el tiempo de reclamo se extiende gracias a lo dispuesto en el Código Civil colombiano.
¿Quiénes deben reclamar el saldo a favor en dos años?
De acuerdo con el Estatuto Tributario y con lo establecido por la DIAN, las solicitudes de devolución o compensación de saldos a favor deben presentarse dentro de los dos años siguientes al vencimiento del término para declarar.
Es importante tener en cuenta que el conteo inicia desde la fecha límite de declaración, no desde el día en que se presentó la misma. Si el contribuyente no actúa en este periodo, perderá el derecho a recuperar esos recursos.
¿Cuándo aplica el plazo de cinco años?
Cuando el saldo a favor se origina en un pago indebido o en exceso, el tiempo de prescripción se amplía hasta cinco años. Este plazo se cuenta desde la fecha en que se realizó el pago y está respaldado por el Decreto 1625 de 2016, en concordancia con el artículo 2536 del Código Civil.
De esta manera, los contribuyentes cuentan con un margen mayor para solicitar la devolución, siempre y cuando el origen del saldo corresponda a este tipo de situaciones.
Cómo tramitar la devolución ante la Dian
Para iniciar el trámite de devolución de un saldo a favor, la DIAN solicita diligenciar el formulario 010 y adjuntar los soportes requeridos. Estos documentos son fundamentales para que la entidad pueda verificar la información y dar curso a la solicitud.
Según la normativa, la DIAN dispone de 15 días hábiles para responder a la solicitud, aunque en algunos casos el proceso puede tardar más. Si el contribuyente no presenta la solicitud dentro de los plazos legales, pierde el derecho a reclamar el dinero.
Es clave recordar que enviar la documentación incompleta puede generar retrasos o incluso la inadmisión del trámite. Por eso, antes de radicar la solicitud es recomendable revisar los requisitos publicados por la entidad.