Colombia Mayor: ¿Cómo cobrar la Devolución del IVA?


Guía para el cobro de la compensación económica por Devolución del IVA, que también se entrega a cerca de 300.000 beneficiarios de Colombia Mayor.

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Durante la pandemia por el coronavirus el programa de la Devolución del IVA tuvo ajustes sobre la marcha. Por ejemplo, se aumentó la cantidad de beneficiados: De 100.000, con quienes se pensaba arrancar en este 2020, a un millón de familias.

La selección de los beneficiados con la Devolución del IVA este año se hizo con base en las listas de personas que también hacen parte de programas como ‘Familias en Acción’ y ‘Colombia Mayor’. Para futuras fases del programa vendrán compensaciones a otro grupo de personas, sin descartar que puedan estar familias de estratos 3.

El segundo pago de la Compensación del IVA comenzó el pasado 8 de mayo. Familias en Acción recibe el dinero a través de DaviPlata, mientras que Colombia Mayor tiene como canal de pago Efecty

¿Cómo cobrar la Devolución del IVA si es beneficiario de Colombia Mayor?

Los beneficiarios con la Devolución del IVA por parte del Programa de Colombia Mayor, que se estima son por el orden de los 300.000. Desde el 8 de mayo se hace el pago vía Efecty en cada uno de los municipios.

Los beneficiarios con esta ayuda reciben un mensaje de texto, cuando llegó el pago. De esta forma, se evitan las congestiones y filas.

Por otra parte, si el primer cobro no se pudo hacer, no hay problema. Se puede acumular hasta por dos periodos. Pero si llega al tercero y no lo ha hecho, cuidado. Esto es causal para que salga de la Devolución del IVA.

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+ Puntos Efecty para reclamar la Devolución del IVA

Una vez se encuentren en un punto de Efecty, el beneficiado reclama su pago con la presentación de la cédula original. No se pueden permitir fotocopias y si se le extravió el documento, entonces la contraseña.

Autorización a un tercero para reclamar la Devolución del IVA

Este es un procedimiento especial, muy válido ya que los beneficiarios de Colombia Mayor son personas de la tercera edad, muchos de los cuales quizás estén impedidos para salir porque superan los 70 años.

En este caso, es posible firmar una autorización, de manera que se delegue en otra persona la responsabilidad de hacer este cobro. ¿Qué se necesita? Una carta firmada por el beneficiario, en el cual entrega la autorización. Así mismo, quien haga el cobro no solo debe presentar la carta, sino la cédula del titular del beneficio.

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