¿Puede otra persona cobrar el Ingreso Solidario por usted?

Si por fuerza mayor el titular del Ingreso Solidario no puede cobrar el incentivo, la solución existe y es directamente con Prosperidad Social.

Cuando es una situación de fuerza mayor, como enfermedad, si la forma de cobrar el incentivo del Ingreso Solidario es por modalidad de giro, al ser un proceso presencial se requiere que sea el titular del subsidio quien vaya a la sede de Supergiros a realizar este procedimiento.

Allí se dirige con su número de cédula, validan los datos y tras estar seguros de que se trata de la persona titular del beneficio, el dinero es entregado.

Este tipo de procedimiento debe hacerse siempre, toda vez que existe un riesgo de suplantación contra el cual siempre se debe combatir, ya sea para el pago del Ingreso Solidario o cualquier otro programa social, donde media un pago presencial de la ayuda. Devolución del IVA es igual. Además, en el caso de ambas ayudas Supergiros es la entidad a cargo.

Ingreso Solidario tiene dos formas de entregar el dinero, dependiendo del nivel de bancarización que tengan los beneficiarios. Si son bancarizados, entonces el dinero llega como una consignación a la cuenta de ahorros o depósito digital. Aquí no hay problema si es el titular o no del subsidio porque para ir a un cajero la persona le puede pedir ese favor a un miembro del hogar, confiándole contraseñas (ojo: persona de alta confianza). O usar la plata de forma virtual para compras, pago de servicios o recargas de celular.

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Pero cuando el giro del Ingreso Solidario es presencial, significa que ese beneficiario pertenece al grupo de los no bancarizados, que están por modalidad de giro. Debe dirigirse personalmente al punto asignado.

¿Qué pasa si por fuerza mayor no puede cobrar el Ingreso Solidario?

Por enfermedad, por ejemplo, o fallecimiento del titular del subsidio. En cualquiera de ambos casos es claro que no puede ser la persona relacionada como beneficiaria del subsidio en ese hogar la que vaya por el dinero.

La solución está en comunicarse directamente con el enlace municipal de Prosperidad Social. Es un funcionario de la entidad, responsable de darles toda la información y asesoría acerca de programas sociales como Devolución del IVA, Ingreso Solidario, Familias en Acción, Jóvenes en Acción y cualquier otro tema que sea manejado en el DPS.

A esa persona, de quien generalmente les deben dar información en las alcaldías locales, le comentan el caso. Si es por fallecimiento que el titular del subsidio no puede cobrar, hay un proceso, que implica la presentación de una documentación. Igual pasa, cuando se trata de enfermedad.

Son situaciones contempladas para el Ingreso Solidario y cualquier otro programa social del DPS. Lo importante es hacer el trámite, siguiendo las instrucciones para no tener inconvenientes con los siguientes giros.

¿Cómo se paga el giro 14 del Ingreso Solidario?

Este es el penúltimo pago del programa social y debe hacerse en el mes de mayo, según la metodología seguida hasta el momento en Prosperidad Social. Para los hogares bancarizados es un giro mensual. Si van por modalidad de giro, los giros este año se los han hecho acumulados. Es posible que en junio les paguen los giros 14 y 15 a quienes van por su dinero a una sede o aliado de Supergiros.

En cualquier caso, lo mejor es estar pendientes de las indicaciones que entregue el DPS, que debe estar próximo a indicar cómo será el procedimiento para el pago del giro 14 en el Ingreso Solidario.

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