El incumplimiento en el pago del arriendo es una de las situaciones más frecuentes en Colombia, tanto para arrendadores como para inquilinos. En un país en el que más del 40 % de los ciudadanos vive en arriendo o subarriendo, es común que surjan dudas sobre los plazos legales permitidos para ponerse al día tras el vencimiento del contrato mensual. Aunque cada contrato puede tener sus propias cláusulas, existe una norma general que protege los derechos de ambas partes y establece reglas claras sobre estos retrasos.
La Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana en Colombia, contempla el plazo máximo que puede tomarse un inquilino para pagar el canon de arrendamiento luego de la fecha pactada sin incurrir en sanciones legales. Conocer esta información no solo puede evitar conflictos innecesarios, sino también ayudar a prevenir consecuencias financieras como multas o incluso procesos legales por incumplimiento.
Plazo legal para pagar el arriendo después de la fecha límite en Colombia
Uno de los aspectos más relevantes que deben tener en cuenta los arrendatarios es el plazo legal para ponerse al día con el canon mensual cuando no se paga en la fecha acordada. Según el artículo 10 de la Ley 820 de 2003, el arrendatario tiene hasta 5 días hábiles después del vencimiento del plazo para pagar sin que se le impongan sanciones adicionales.
Este periodo se cuenta únicamente en días hábiles, es decir, no se incluyen domingos ni festivos. Durante ese tiempo, el inquilino podrá realizar el pago correspondiente sin que se considere un incumplimiento grave del contrato. De esta manera, la ley otorga un margen razonable que permite resolver retrasos menores sin consecuencias inmediatas.
La disposición legal señala lo siguiente: “El arrendatario deberá cumplir su obligación consignando las respectivas sumas a favor del arrendador (…) dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo o período pactado en el contrato de arrendamiento.”
¿Qué pasa si el arriendo no se paga dentro del plazo permitido?
Una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que se haya efectuado el pago del arriendo, el arrendatario podría comenzar a enfrentar consecuencias contractuales, dependiendo de lo que esté establecido en su contrato. Lo más habitual es que se active una cláusula de multa por mora, que en muchos casos corresponde a un 5% del valor mensual del canon de arrendamiento, aunque puede variar.
Además, cuando el inquilino no se pone al día ni establece comunicación con el arrendador, este último queda habilitado para buscar una solución legal al conflicto. Antes de acudir directamente a un proceso judicial, la ley promueve los mecanismos de conciliación, a través de centros de convivencia, notarías o Defensorías del Pueblo, buscando una solución mediante el diálogo.
Obligaciones del arrendatario y el arrendador
El contrato de arrendamiento compromete al inquilino con el pago puntual del canon mensual y con otras responsabilidades como el cuidado del inmueble, el pago de servicios públicos y, en algunos casos, el pago de administración. Si el arrendatario causa algún daño al inmueble por mal uso, deberá repararlo por su cuenta, tal como lo exige la ley.
Por su parte, el arrendador también debe cumplir con ciertos deberes, como entregar el inmueble en condiciones óptimas de habitabilidad, proporcionar una copia original del contrato y, si se trata de una vivienda en propiedad horizontal, entregar el reglamento de copropiedad o manual de convivencia.
El contexto actual del arriendo en Colombia
Según cifras recientes del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), cerca del 40% de los hogares colombianos residen bajo la modalidad de arriendo o subarriendo. La mayoría de los contratos tienen una duración mínima de seis meses o un año, renovables automáticamente si no se indica lo contrario. Por esto es fundamental que las partes conozcan bien sus derechos y obligaciones durante todo el periodo de vigencia del contrato.
En el entorno económico actual, con variaciones en el empleo y el costo de vida, los retrasos en el pago del arriendo pueden suceder. Pero al estar informados sobre los plazos legales y las alternativas de conciliación, los inquilinos pueden evitar que estos retrasos se conviertan en conflictos mayores o en antecedentes negativos que dificulten futuros contratos de arrendamiento.
Recomendaciones para arrendatarios morosos
Si te encuentras en situación de mora con el arriendo, lo más importante es comunicarte cuanto antes con el arrendador. La buena fe y la disposición al diálogo son elementos que la ley valora y que pueden marcar la diferencia entre una solución pacífica y una disputa legal. También es útil revisar detalladamente las cláusulas del contrato firmado, pues allí se especifican condiciones particulares sobre multas, intereses o medidas ante el incumplimiento.
Otra recomendación clave es documentar cada pago y acuerdo, guardando comprobantes y comunicaciones formales, especialmente si se ha pactado un nuevo plazo o forma de pago. Esto protege a ambas partes y puede ser determinante en caso de requerir intervención de terceros.