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Traspaso de vehículos en Colombia cambia en 2026: fin de figura clave y nuevas obligaciones

Trámites de tránsito, RUNT y nuevas reglas para propietarios

  • Nueva ley pone contra las cuerdas a los bancos: tendrán que frenar cobros en estos casos
  • No todos los pensionados cobrarán la prima de junio: así quedó definido el pago
Redacción FBT
18/02/2026 08:00
Taalk
tramite traspaso vehiculos colombia cambio 2026

Fin de la modalidad a persona indeterminada y plazo para legalizar hasta 2027

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El traspaso de vehículos en Colombia tendrá un cambio estructural a partir de 2026. El Gobierno Nacional decidió cerrar definitivamente una figura que durante años fue utilizada por miles de propietarios para desligarse de responsabilidades cuando no lograban formalizar la venta de un carro o motocicleta.

La medida impacta directamente a quienes venden o compran vehículos usados, especialmente en operaciones que históricamente se hacían “en blanco” o con simples cartas de compraventa sin registrar el cambio ante las autoridades. Desde ahora, el proceso será más estricto y exigirá plena identificación de las partes, con consecuencias claras para quienes no cumplan.

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Por qué es obligatorio hacer el traspaso de un vehículo en Colombia

Cada vez que un carro o motocicleta cambia de dueño -ya sea por venta, permuta, donación o herencia- es obligatorio adelantar el trámite de traspaso ante los organismos de tránsito. Este procedimiento no es opcional ni meramente administrativo: es el único mecanismo válido para actualizar la información en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).

El traspaso permite que la responsabilidad legal, tributaria y administrativa del automotor quede en cabeza del nuevo propietario. Sin este registro formal, el antiguo dueño sigue apareciendo como titular ante las autoridades, incluso si ya no tiene control sobre el vehículo.

No realizar el procedimiento correctamente puede generar consecuencias graves, entre ellas:

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  • Comparendos que siguen llegando al antiguo propietario.
  • Cobros de impuestos atrasados con intereses.
  • Procesos judiciales derivados de accidentes o uso indebido del vehículo.

Por eso, las autoridades exigen que el trámite se haga con todos los requisitos en regla y verificando que el automotor no tenga deudas o restricciones vigentes.

Cambio en el traspaso de vehículos en 2026: se elimina el traspaso a persona indeterminada

El 6 de febrero de 2026 marcó el cierre definitivo para realizar el traspaso de vehículos a persona indeterminada. Esta figura permitía al propietario reportar que ya no tenía el control del automotor, aun cuando no se conociera la identidad o el paradero del comprador.

Durante años, esta modalidad funcionó como una salida para quienes entregaban el vehículo sin formalizar el cambio de propietario. En muchos casos, el comprador desaparecía y el vendedor quedaba expuesto a multas, impuestos y responsabilidades legales.

La figura fue creada inicialmente como un mecanismo transitorio para depurar la base de datos del RUNT. Sin embargo, tras múltiples extensiones -la última mediante una resolución expedida en agosto de 2025- el Gobierno decidió eliminarla de forma definitiva.

Según cifras oficiales, más de 760.000 vehículos en el país están registrados bajo esta condición, y cerca de la mitad llevan más de tres años en ese estado, lo que evidenció un problema estructural en el mercado de vehículos usados.

Qué cambia desde ahora para vender un carro o motocicleta en Colombia

Con el cierre del traspaso a persona indeterminada, ya no será posible acudir a una Secretaría de Tránsito para declarar que el vehículo fue vendido sin identificar al nuevo propietario.

Desde ahora, el traspaso solo podrá hacerse de manera directa, con vendedor y comprador plenamente identificados y cumpliendo todos los requisitos legales. Esto implica que ambas partes deben presentarse formalmente o autorizar el trámite de acuerdo con las normas vigentes.

En la práctica, esto significa que si una persona vende su carro sin registrar formalmente el cambio de propietario, seguirá siendo responsable ante la ley por:

  • El pago del impuesto vehicular y los intereses por mora.
  • Multas detectadas por cámaras de fotodetección.
  • Daños ocasionados en accidentes de tránsito.
  • Posibles implicaciones civiles o penales si el vehículo es usado en actividades ilícitas.

Las autoridades han advertido que no actualizar el registro puede derivar incluso en la suspensión del mismo y en la imposibilidad de circular legalmente.

Plazo hasta 2027 para legalizar vehículos ya inscritos

Aunque la figura quedó cerrada para nuevos trámites desde febrero de 2026, quienes ya alcanzaron a registrar su vehículo a persona indeterminada cuentan con un plazo adicional para regularizar su situación.

El plazo máximo para formalizar la propiedad es el 6 de febrero de 2027. Esto significa que el proceso no termina con la inscripción anterior: ahora los interesados deben completar el traspaso y dejar el vehículo plenamente legalizado a su nombre.

No hacerlo dentro del plazo podría traer complicaciones administrativas y limitar futuras gestiones sobre el automotor, como ventas, matrículas o trámites ante organismos de tránsito.

Requisitos para formalizar la propiedad de un vehículo en esta condición

Si usted tiene un vehículo registrado bajo la modalidad de persona indeterminada y quiere ponerlo a su nombre antes del vencimiento del plazo, deberá cumplir con varias condiciones clave:

  • Inscripción activa en el RUNT: Tanto el interesado como el vehículo deben aparecer activos en el sistema. Esto implica estar debidamente registrados y no presentar inconsistencias en la base de datos.
  • Documentación obligatoria al día: El vehículo debe contar con SOAT vigente y revisión Técnico-Mecánica actualizada, cuando aplique según la antigüedad del automotor. Sin estos documentos en regla, el trámite no podrá avanzar.
  • Paz y salvo por multas e impuestos: No se deben tener multas pendientes ni deudas por impuestos vehiculares correspondientes a los últimos cinco años. Cualquier obligación en mora deberá ser cancelada antes de solicitar el traspaso.
  • Declaración juramentada: El interesado debe presentar un documento en el que manifieste que desconoce el paradero del propietario inscrito y que asume todas las obligaciones legales, tributarias y administrativas del vehículo. Este paso formaliza la responsabilidad total sobre el automotor y evita futuros conflictos legales.

Qué busca el Gobierno con este cambio en el traspaso de vehículos

Aunque en su momento la figura permitió a muchos ciudadanos desligarse de responsabilidades inmediatas, también fomentó prácticas informales en el mercado de vehículos usados. Ventas sin registro, documentos incompletos y miles de carros circulando sin un propietario plenamente identificado se convirtieron en una realidad recurrente.

El Gobierno considera que mantener esta opción terminó consolidando un problema estructural que afectaba la seguridad jurídica y la confiabilidad del RUNT. Con la eliminación del traspaso a persona indeterminada, el objetivo es depurar la base de datos, reducir riesgos para vendedores y compradores y fortalecer el control sobre el parque automotor del país.

A partir de 2026, vender un vehículo sin formalizar el traspaso ya no tendrá atajos administrativos. La única vía válida será cumplir el procedimiento completo, con identificación clara de las partes y obligaciones al día, reforzando así la responsabilidad y transparencia en el mercado automotor colombiano.

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