USCIS, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración, lanzó una advertencia a todos los empleadores de Estados Unidos. Estos deben asegurarse de que todos sus trabajadores, al margen de la ciudadanía, estén aprobados para laborar en territorio nacional. Y una manera de comprobar el permiso, es mediante el Documento de Autorización de Empleo (EAD) y el tiempo de entrega dependerá enteramente del tipo de trámite.
El aviso de USCIS para los permisos de trabajo
Según la agencia de inmigración, luego de que se aprueba el formulario I-765, se expide una tarjeta que será producida dentro de un plazo de dos semanas y que será enviada por correo mediante el servicio Priority Mail del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS).
Mientras que el periodo entre el envío del EAD y la recepción en la dirección postal brindada por quien la pidió puede variar, de acuerdo a los tiempos de entrega de USPS. Por tal motivo, USCIS informa sobre un plazo total de 30 días a partir de la aprobación antes de que el solicitante pida realizar una consulta de su paquete.
Asimismo, la agencia señala que si la dirección postal de la persona solicitante cambia después de presentar el formulario, esta debe ser actualizada de manera inmediata, pues de lo contrario podría estar envuelto en lo siguientes problemas:
- El trámite podría sufrir demoras
- Los documentos podrían extraviarse
- Es posible presentar una nueva solicitud y pagar la tarifa.
Esto tarda el permiso de trabajo para inmigrantes
USCIS asegura que existe una fecha determinada para producir la tarjeta, sin embargo el lapso para recibir y tramitar el permiso dependerá de la categoría migratoria. Se establecen los siguientes plazos:
- Solicitantes de asilo: tendrán que aguardar 150 días desde que presentó el formulario I-589 para solicitar el EAD. Tras ese tiempo, USCIS contará hasta con 30 días para emitir el documento. En total son 180 días.
- Ajuste de estatus: todos aquellos que presenten el formulario I-485, pueden pedir el EAD junto a su petición o tiempo después.
- Permiso humanitario: los que tienen un estatus de parole pueden pedir el permiso de trabajo en caso su condición migratoria continúe vigente o esté cerca de vencer.
USCIS asegura que aquellos que no tienen obligación de solicitar un EAD son los residentes permanentes, esto por la green card que sirve como evidencia de la autorización de empleo. También están exentos de pedir permiso los que cuenten con un estatus de no inmigrante, que les autoriza trabajar para un emplear determinado: ejemplo los beneficiarios de las visas H-1B, L-1B, O y P.