Al acercarse a la edad de jubilación, se enfrenta a una cantidad abrumadora de nueva información que debe asimilar. Todo, desde Medicare hasta las distribuciones mínimas requeridas (RMDs), es completamente nuevo, y tiene un tiempo limitado para comprenderlo antes de que se espere que lo ponga en práctica.
Si planeas recibir beneficios del Seguro Social basados en el historial laboral de su cónyuge, puede añadir los beneficios del Seguro Social conyugal a la lista.
5 datos sobre los beneficios conyugales del Seguro Social podrían aumentar tu ingreso
Afortunadamente, las reglas clave que rodean los beneficios conyugales no son excesivamente complicadas. A continuación, descubrirá cinco hechos sobre estos beneficios que toda pareja jubilada debería conocer:
- Elegibilidad: Debe haber estado casado por al menos un año para calificar para los beneficios conyugales.
- Porcentaje de beneficio: Puede recibir hasta el 50% del beneficio completo de su cónyuge.
- Edad de solicitud: La edad a la que solicite puede afectar el monto de su beneficio.
- Impacto del trabajo: Si sigue trabajando, sus beneficios podrían verse afectados.
- Divorciados: Incluso si está divorciado, podría ser elegible si el matrimonio duró al menos 10 años.
Conocer estos hechos le ayudará a tomar decisiones informadas sobre sus beneficios del Seguro Social y a planificar mejor su jubilación.
Beneficios conyugales: ¿Quién puede ser elegible?
Para ser elegible para los beneficios conyugales, por lo general, debes tener al menos 62 años y haber estado casado con tu cónyuge durante al menos un año.
Sin embargo, existen algunas excepciones a esta regla:
- El requisito de un año de matrimonio se elimina si eres el padre de un hijo de tu cónyuge.
- Puedes recibir beneficios conyugales a cualquier edad si estás cuidando a un hijo menor de 16 años o a un hijo discapacitado que tiene derecho a beneficios basados en el historial laboral de tu cónyuge.
Condición para reclamar los beneficios conyugales
Es fundamental tener en cuenta que solo puedes reclamar los beneficios conyugales después de que tu cónyuge haya solicitado sus propios beneficios.
Los beneficios conyugales pueden llegar a representar hasta el 50% del monto que tu cónyuge es elegible para recibir al alcanzar la edad de jubilación completa (FRA, por sus siglas en inglés). Supongamos que en lugar de retirarse a la FRA, tu cónyuge decide esperar hasta los 70 años para reclamar. A pesar de que su beneficio mensual aumentará gracias a los créditos por jubilación diferida, tu beneficio conyugal permanecerá limitado al 50% del monto de su FRA.
Mientras tanto, a diferencia del beneficio de trabajador jubilado de tu pareja, no hay un aumento en tu pago mensual si decides reclamar beneficios conyugales después de la edad de jubilación plena (FRA). El mismo límite del 50% sigue aplicándose. Por otro lado, si reclamas antes de la FRA, reducirás tu beneficio conyugal. De hecho, si tu FRA es de 67 años, reclamar en el primer momento posible, a los 62 años, reducirá tu beneficio en un 35%.
Si esto todavía te resulta confuso, no te preocupes. Tú y tu pareja pueden acceder a estimaciones personalizadas de beneficios de jubilación al registrarse para obtener una cuenta gratuita y segura en my Social Security.
Beneficios de trabajador jubilado y conyugales
Si calificas para los beneficios de trabajador jubilado y los beneficios conyugales del Seguro Social, la Administración tratará la solicitud como si hubieras aplicado para ambos, otorgándote el monto mayor de los dos beneficios. Esta práctica se llama «presentación presunta» porque, al solicitar uno, se considera que has solicitado el otro.
¿Puedes cobrar beneficios basados en el historial laboral de un ex cónyuge?
El divorcio no necesariamente le priva de las prestaciones conyugales. Si cumple con las siguientes condiciones, podría ser elegible:
- Tienes al menos 62 años
- Estuvo casado con su ex cónyuge durante al menos 10 años
- Actualmente no estás casado
Solicitar los beneficios del Seguro Social
Para solicitar tu cheque o los beneficios del seguro social, puedes hacerlo al cumplir 61 años y 9 meses a traves del sitio web oficial de la administración.